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Domicilio social vs. fiscal: diferencias y ejemplos en 2023

Domicilio social vs. fiscal: diferencias y ejemplos en 2023

A la hora de empezar los trámites burocráticos para constituir una empresa, muchas personas pueden tener problemas para distinguir entre domiciliación fiscal y domiciliación social. Esto es totalmente lógico, ya que las diferencias son muy sutiles.


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A continuación, os contaremos cuáles son las características de cada una de ellas y sus principales diferencias, con algunos ejemplos útiles para despejar dudas.

» Domicilio social, ¿Qué es?


Domicilio social y fiscal en el mundo empresarial

¿Qué es el domicilio social? Según se establece en el artículo 9 de la Ley de Sociedades, el domicilio social de una empresa (también denominado domicilio mercantil), es aquella ubicación en la que una sociedad mercantil o empresa tiene su sede principal o centro de administración. Es decir, se trata del centro neurálgico donde se gestiona el negocio dentro del territorio español. Hay que destacar que solo se aplica a empresas, por lo que excluye a autónomos o profesionales.

Este domicilio tendrá que figurar en la escritura de constitución ante un notario y, a posteriori, se registrará en el Registro Mercantil, donde será visible para cualquier persona que busque a dicha empresa en internet.

La dirección del domicilio social determinará:

  • El Registro Mercantil donde corresponda inscribir a la sociedad
  • La delegación tributaria
  • Los juzgados competentes para los asuntos legales
  • La normativa estatal, local o autonómica que se aplique en cada caso

Es importante tener muy seguro dónde se establecerá el domicilio social para personas jurídicas de carácter mercantil. El motivo es que el proceso de cambiar dicho domicilio es muy tedioso y complicado. Solo se podrá modificar por acuerdo de la Junta de Socios, a través de una escritura pública y con la correspondiente firma de notario, para después proceder al cambio en el Registro Mercantil. Todo ello, con el consiguiente pago de las tasas del registro y los gastos económicos que corresponden a todos los procesos notariales. Por eso, es conveniente que la ubicación que elijas perdure en el tiempo.

Domicilio social y fiscal: una comparación detallada

Como información adicional, desde hace ya muchos años, el tribunal Constitucional determinó la inviolabilidad del domicilio, tanto de las personas físicas como jurídicas. En el caso de estas últimas, el tema es más complejo porque incluye el domicilio social de la empresa y, además, los lugares en los que se guardan los documentos y archivos de la empresa. Esto quiere decir que, si la inspección tributaria quisiera acceder al lugar, necesitaría una autorización judicial o el propio consentimiento del interesado. Dicho consentimiento debe darlo el titular de la empresa o un empleado que tenga funciones de administración o dirección.


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    » Domicilio fiscal


    Y el domicilio fiscal, ¿qué es? Según el artículo 48 de la Ley General Tributaria, se denomina domicilio fiscal a aquel lugar que funciona legalmente como dirección principal para todas las obligaciones tributarias con Hacienda. Es decir, en esa dirección se encuentra legalmente la persona física o jurídica y allí recibirá todas las notificaciones y correspondencia de la Agencia Tributaria y otras Administraciones Públicas.

    Domicilio social y fiscal para empresas

    Por lo tanto, la sede fiscal es para:

    • Personas físicas que no desarrollen su actividad por cuenta propia: en este caso, sería la residencia habitual.
    • Autónomos: se trataría también de la residencia habitual o de una dirección donde gestionen las actividades del negocio y su relación con Hacienda.
    • Empresas: es la dirección donde se gestiona la actividad económica, que puede coincidir (o no) con el domicilio social.

    Además, el domicilio fiscal será el que figure en todas las facturas que se emiten y se reciben como negocio.

    En el caso de que desees modificar el domicilio fiscal, el proceso será mucho más simple y rápido que el cambio de domicilio social. Simplemente, puedes cambiarlo mediante la presentación del modelo 036 o 037 ante la Agencia Tributaria.

    Es importante recalcar que tener un domicilio fiscal erróneo te traería problemas, ya que no te llegarían los avisos importantes. Por ello, es muy importante que notifiques siempre a la Agencia Tributaria cualquier modificación de dirección. De otro modo, en el caso de que no atendieras a una notificación importante, la responsabilidad sería tuya.

    ¿Por qué es importante conocer el domicilio social y fiscal?


    » Domicilio fiscal cuando no resides en España


    ¿Y qué ocurre con el domicilio fiscal cuando no resides en España? En el caso de que seas una persona jurídica que no reside en España, tendrás que seguir manteniendo el domicilio fiscal en el país, para poder cumplir con todas las obligaciones fiscales, en los correspondientes lugares:

    • Si operas en territorio español: el domicilio fiscal será el establecimiento permanente donde se realiza la gestión administrativa.
    • En los casos en los que se obtengan rentas derivadas de bienes inmuebles: en la dirección fiscal del representante o, en su defecto, la ubicación donde esté el inmueble.
    • En los demás casos: en aquella dirección del representante del negocio o del responsable solidario.

    » Diferencia entre domicilio social y fiscal


    Resumiendo, ¿cuáles son las diferencias entre domicilio social y fiscal? Lo primero que hay que puntualizar es que las diferencias solo afectarían a las sociedades y empresas, ya que los autónomos o personas que trabajan por cuenta propia no tienen domicilio social. Estas son las principales:

    • La dirección del domicilio social es pública y figura en el Registro Mercantil. Sin embargo, el domicilio fiscal puede quedar en la esfera privada del empresario. Por lo general, ambas direcciones suelen coincidir, pero todo depende de las circunstancias e intereses de cada empresa.
    • El domicilio social queda regulado en la Ley de Sociedades, al contrario que el domicilio fiscal, que aparece en la Ley General Tributaria.
    • El domicilio social es el centro de explotación y administración de una empresa, y el domicilio fiscal es aquel donde el empresario tiene sus relaciones de obligado cumplimiento con Hacienda, aunque hoy en día la mayoría de las notificaciones se reciben a través de la sede electrónica.
    • El domicilio social es obligatorio para todas las empresas, mientras que el domicilio fiscal lo es para las personas físicas y jurídicas.
    • El domicilio fiscal no aparece en la escritura pública y el proceso de modificación es más simple que el del cambio de domicilio social.

    » Ejemplos de domicilio social y domicilio fiscal


    ¿Dónde se ubican el domicilio social y fiscal?

    Pongamos el caso de una empresa que se dedica a la producción y venta de gafas y que tiene un local independiente del centro de fabricación, desde donde se gestiona toda la actividad empresarial y de gestión del negocio. Además, posee varios establecimientos abiertos al público donde vende su producto.

    El domicilio social puede ser la misma oficina o local desde donde se gestiona la actividad y no es necesario que coincida con el domicilio fiscal, aunque esto ocurra muchas veces.

    En el caso del domicilio fiscal, este podría ser: la oficina o local donde se gestiona y administra la empresa; la misma vivienda donde reside la persona que se encarga de la administración del negocio o un centro de negocios o coworking que ofrezca servicios de domiciliación.

    Como conclusión, habrás podido darte cuenta de que ambas domiciliaciones pueden ser muy similares y fáciles de confundir. Por eso, es importante que conozcas las pequeñas diferencias y tenerlas claras a la hora de constituir tu negocio. Tanto si eres autónomo como si tienes una empresa, tendrás que seleccionar bien qué direcciones necesitarás y la importancia que tiene cada una de ellas.

    En cualquier caso, cualquier cambio de domicilio social o fiscal tendrás que comunicarlo a la Agencia Tributaria para poder obtener el Código de Identificación Fiscal (CIF) o el Número de Identificación Fiscal (NIF) y a la hora de contratar a los trabajadores.